jueves, 20 de diciembre de 2012

Derecho a decidir entre la ley y la 5ª acepción del DRAE


*Por Ángel Rico
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Resultó insultante que: --Varios parlamentarios mierdas (5ª acepción del DRAE) desde la tribuna del Congreso de los Diputados, dijesen al resto de legisladores, en general, y al Gobierno de España, en particular, “Que, en Cataluña, no cumplirán la Ley de Educación que aprueben las Cortes Generales. Y que harán un referéndum con el apoyo del Gobierno o sin ese apoyo”--. Y nadie subió a esa misma tribuna, con la Constitución Española en una mano y con el Código Penal, en la otra, para replicarles; lo que dejó a los ciudadanos desamparados de la “Tutela judicial efectiva”. Habría sido de agradecer que desde la tribuna del Congreso alguien hubiese dicho: --Esto es para los mierdas (5ª acepción del DRAE) de la tercera fila de la izquierda del centro. La Ley es igual para todos, porque no hay “leyes” que se deben cumplir, y “leyezuelas” que se puedan incumplir. Todas las leyes son de obligado cumplimiento. Eso es lo que diferencia las democracias de las dictaduras.
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Esa “Tutela” es uno de los Derechos Fundamentales de los ciudadanos, recogidos en el artículo 24.1., de la Constitución Española, y que --teóricamente-- garantiza  que "todos somos iguales ante la Ley".  Y en ese "todos" también están incluidos los parlamentarios --mierda-- a los que alude la 5ª acepción del DRAE.
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Y aquí es donde los ciudadanos empiezan a mostrar su hartazgo, en público y en privado, porque si, hipotéticamente, un ciudadano le diese dos hostias a uno de estos parlamentarios mierdas (5ª acepción del DRAE) por no estar de acuerdo con esa forma de actuar, le aplicarían el artículo 560 del Código Penal, por un –presunto—“atentado contra la autoridad” que son castigados con las penas de prisión de cuatro a seis años y multa de seis a doce meses.
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En cambio, a los diputados mierdas (5ª acepción del DRAE) que son apologetas del incumplimiento de la ley nadie, hasta ahora, les ha acusado de “Sedición”  --artículo 544 del Código Penal—que dice: --Son reos de sedición los que, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes, o de las resoluciones administrativas o judiciales— Y los ciudadanos se preguntan ¿Por qué esa diferencia de trato entre ciudadanos y sedicionistas?
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Esta ilegal forma de actuar, que pretende impedir que en Cataluña, haya libertad para poder estudiar en español, la lengua oficial del Estado, nos trae a la memoria el caso de “James H. Meredith” primer estudiante negro en ser aceptado en la Universidad de Misisipi en 1962, a pesar de la tenaz oposición del gobernador segregacionista Ross Barnett. Ante esa oposición, es conocida la reacción del presidente John F. Kennedy, que se puso en contacto con el gobernador  Barnett para decirle: --que si no se aplicaban los derechos civiles, le enviaría a la Guardia Nacional, y el Estado de Misisipi no recibiría ni un solo dólar mientras no se cumpliese la ley--. No obstante los violentos disturbios que hubo en Misisipi, con dos muertos, --uno de ellos el periodista francés, Paul Guihard—y 78 heridos de bala, entre soldados y agentes federales, la ley se cumplió, marcando un hito en la aplicación de los derechos civiles en Estados Unidos. Y nunca más, después, hubo nadie que se atreviese a promover el incumplimiento de la ley.
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La diferencia de reacción, del Estado frente a quienes se jactan, de enfrentarse al mismo –al Estado--, es evidente. Las declaraciones del diputado mierda (5ª acepción del DRAE) –retando al Estado a cumplir las leyes en Cataluña— merecen una respuesta del Ministro de Justicia, dándole conocimiento del artículo 404 del Código Penal, que dice: -- La autoridad que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para cargo público por tiempo de siete a diez años--  y el artículo 410 del C.P. –Las autoridades que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a las resoluciones judiciales, incurrirán a la pena de multa e inhabilitación especial para cargo público, por tiempo de seis meses a dos años--.
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Y mientras estos desleales políticos mierdas (5ª acepción del DRAE), asimilan que las leyes deben cumplirse, es inadmisible que el Estado siga financiando, con dinero de los contribuyentes de toda España, los vicios y la desviación de una forma dictatorial de entender la política y el Estado de Derecho. Es tan peligrosa, la situación jurídico política, en la que nos encontramos los ciudadanos, frente a la actuación irresponsable de los políticos mierdas (5ª acepción del DRAE) que, muy pocos  imaginan lo que ocurriría si, hipotéticamente, los ciudadanos utilizasen frente a los secesionistas, los mismos argumentos para incumplir sus leyes, que estos –los mierdas—utilizan frente al Estado.
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Lo que falta por saber es, como se actuará frente al Presidente de Cataluña, cuando para llevarle ante los tribunales es preciso superar el suplicatorio, ¿Ustedes creen que los diputados catalanes darán su aprobación para que los políticos (incluidos en la 5ª acepción del DRAE) se sienten en el banquillo de la Justicia? –Yo tampoco.
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…He dicho!
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*Es Presidente del Instituto Hispano Luso 

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